desdicha

El derecho eleva las leyes del destino –la desdicha y la culpa– a medidas ya de la persona; es desde luego falso suponer que tan solo la culpa se encuentra en el contexto del derecho, pudiéndose mostrar sin duda alguna que todo tipo de inculpación jurídica no es en realidad sino desdicha. Bien equívocamente, debido a su indebida confusión con lo que es el reino de la justicia, el orden del derecho –que tan sólo es un resto del nivel demoníaco de existencia de los seres humanos, en el que las normas jurídicas determinaban no sólo las relaciones entre ellos, sino también sus relaciones con los dioses– se ha mantenido más allá del tiempo que abrió la victoria sobre dichos demonios. No en el derecho, sino en la tragedia, fue el espacio en el cual la cabeza del genio se logró elevar por vez primera de la espesa niebla de la culpa, dado que en la tragedia se quiebra ya el destino demoníaco.

Destino y carácter

Obras II, 1, p. 178

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El ser humano no tiene un destino, sino que el sujeto del destino es como tal indeterminable. Puede el juez ver destino donde quiera; al castigar, lo dicta ciegamente. Y aunque el hombre no queda afectado por esto, sí se afecta la mera vida en él, que, en virtud de la luz, participa en la culpa natural como participa en la desdicha.

Destino y carácter

Obras II, 1, p. 179

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